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15 de cárcel para imputado por violación reiterada de dos hijas de su conviviente

  • Martes 6 de julio de 2021
  • 12:49 hrs

El acusado fue encontrado culpable de atacar sexualmente a las niñas de 12 años de edad, entre 2013 y 2018.

El Sexto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó a Jimmy Alejandro Herrera Peralta a la pena única de 15 años de presidio efectivo, en calidad de autor de dos delitos consumados y reiterados de violación contra dos niñas de 12 años de edad, hijas de su conviviente.

El condenado fue encontrado culpable de atacar sexualmente a las menores entre 2013 y 2018, en la comuna de La Pintana. 

Sobre la primera víctima, se estableció que en reiteradas ocasiones, en días y horas indeterminadas, en el período comprendido entre julio de 2013 y días anteriores al 21 de mayo de 2018, al interior de un domicilio ubicado en la comuna de La Pintana, el sujet, "realizó actos de significación sexual y relevancia, mediante contacto corporal, con la menor" de 12 años de edad al inicio del referido período e hija de su conviviente.

"Asimismo, en reiteradas ocasiones, y en el mismo periodo de tiempo y lugar, y en una ocasión en una parcela, accedió carnalmente vía vaginal a la menor (…). Ambas situaciones ya descritas se prolongaron y fueron perpetradas por el imputado, más allá de los 14 años de la menor, ya que para estos efectos Herrera Peralta abusaba de la relación de dependencia de la víctima”.

En circunstancias similares, ocurrió un ataque a una segunda víctima de 12 años y al interior del mismo domicilio. Entonces,  el condenado “realizó actos de significación sexual y relevancia, mediante contacto corporal, con la menor"

"En reiteradas ocasiones, y en el mismo periodo de tiempo y lugar, accedió carnalmente vía vaginal y bucal a la menor (…). Ambas situaciones ya descritas prolongaron y fueron perpetradas reiteradamente por el imputado más allá de los 14 años de la menor, ya que este abusó de la relación de dependencia de la víctima y aprovechaba los momentos en que la menor no se encontraba con su madre”.

Junto con la condena de cárcel, el tribunal impuso al condenado la interdicción del derecho de ejercer la guarda y ser oído como pariente en los casos que la ley designa, la sujeción a la vigilancia de la autoridad durante los 10 años siguientes al cumplimiento de la pena principal y la inhabilitación absoluta perpetua para cargo, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con personas menores de edad.