Click acá para ir directamente al contenido

Corte Suprema declara que síndrome de Down no es una enfermedad y acoge recurso contra aseguradora

  • Jueves 18 de junio de 2020
  • 08:56 hrs

La Corte Suprema consideró que no era necesario que el padre declara que su hijo es síndrome de Down,

La Corte Suprema resolvió un inédito fallo, al acoger el recurso de protección presentado por un padre contra Colmena Compañía de Seguros de Vida S.A y estableció que la condición de síndrome de Down no es una patología, por ende, deberá dar cobertura al hijo del demandante.

La sentencia declaró un actuar arbitrario de la compañía aseguradora, indicando que esta "debe otorgar la cobertura pactada en el contrato suscrito y al cual se ha hecho referencia, respecto de los gastos relacionados con las atenciones de salud del niño aludido, en condiciones de igualdad, disponiéndose, específicamente, el reembolso de los gastos asociados a los siniestros denunciados números 726226 y 726229 sin considerar, a dichos efectos, su condición de persona con síndrome de Down como una enfermedad preexistente".

El síndrome de Down  fue definido en el fallo "como una anomalía congénita, la cual constituye una condición de la persona que estará presente en su desarrollo", descartando que esta sea una enfermedad, que se entiende como una "alteración del estado fisiológico, que presenta síntomas y signos característicos con una evolución previsible".

Agregando que,  "toda vez que la alteración cromosómica, que es el elemento central a efectos de determinar la referida condición, no es sinónimo de alteración fisiológica, puesto que quienes la poseen se encuentran con mayor o menor riesgo de desarrollar o no patologías ciertas patologías, siendo aquellas -y no la condición de Down- las que finalmente requieren tratamiento del mismo".

La Corte Suprema, aseguró que no era necesario que el padre declara que su hijo es Síndrome de Down, y aseguró que este si habría declarado sus patologías, precisando que éste padecía asma alérgica e hipotiroidismo.  

Al respecto, Matías Poblete, de la Fundación Chilena de la Discapacidad, dijo en entrevista con radio Cooperativa, que "este fallo viene a dignificar a las personas con síndrome de Down y a terminar de una vez por todas con la discriminación que muchas personas con discapacidad al no poder acceder en igualdad de condiciones a prestaciones de salud y seguros médicos, por considerarse que su condición personal, asociada a una discapacidad, es una enfermedad o una preexistencia".