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Confirman fallo a favor de trabajadora de multitienda despedida por mensaje publicado en Facebook

  • Lunes 5 de julio de 2021
  • 10:29 hrs

En fallo unánime se rechazó el recurso de nulidad intentado por la empresa, tras establecer que la sentencia recurrida se adoptó sin infracción legal.

La Corte de Apelaciones de Valdivia confirmó el fallo que acogió la demanda por despido injustificado y cobro de prestaciones deducida en contra de la empresa Servicios Generales Falabella Retail SpA, por trabajadora desvinculada en octubre de 2019, por publicar en la red social de Facebook un mensaje que fue considerado por la empleadora como un incumplimiento grave de obligaciones contractuales.

“Quemen Falabella”, “ basta el abuso con sus trabajadores”, habría sido el mensaje que publicó la trabajadora en su red social, en el contexto del estallido social.

Tal mensaje según estimo la denuncia realizada por la empresa, "implica una falta de seguridad de la empresa y adicionalmente en el contexto social que se encuentra el país , el llamado a atentar en contra de la empresa, es aún más grave y podría comprometer la integridad de la totalidad de los trabajadores que en ella cumplen funciones"

Consideranlo los antecedentes del caso, el fallo estableció que, "la Jueza Laboral de Osorno cumplió con lo que dispone el Código del Trabajo en orden a expresar las razones jurídicas y las simplemente lógicas, científicas, técnicas o de experiencia, para asignar valor a las pruebas rendidas y concluir correctamente que respecto a las publicaciones en cuestión " no es posible atribuirles a ellas la intención que el empleador pretende" las que, además, " resultan ser parciales e impiden precisar el contexto en la que ellas se realizaron,", por lo que la calificación jurídica de la Jueza a quo en el sentido de no darles la gravedad alegada por la demandada, resulta ajustada a derecho (…)”, añade.

Por tanto, se resuelve que: “SE RECHAZA en su totalidad, con costas, el recurso de nulidad opuesto por la parte demandante y se declara que la sentencia de veintisiete de abril de dos mil veintiuno, dictada por la Jueza Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Osorno, doña María Isabel Palacios Vicencio, NO ES NULA”, concluye el fallo.

El fallo de primera instancia ratificado ordenó a la demandada, Servicios Generales Falabella Retail a pagar las siguientes prestaciones a la trabajadora:


1. $9.822.090 por saldo de indemnización sustitutiva del aviso previo, años de servicio e incremento legal.
2. $577.753 por indemnización por feriado anual y proporcional 
3. A pagar reajustes e intereses de conformidad con lo dispuesto en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo.